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Diputados aprueban modificar ley que libera impuestos regalos que traigan al país en fiestas de navidad y año nuevo

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Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó de urgencia el proyecto de ley que modifica la Ley 9-96, que libera de impuestos de importación los regalos que traigan al país los residentes en el extranjero a familiares y amigos que nos visiten para las fiestas de navidad y año nuevo.

La ley que buscan modificar establece que ninguno de estos regalos deberá exceder en conjunto la suma equivalente a US$1,000.00 (mil dólares); no obstante, con la nueva normativa la exoneración tendrá el tope de US$2,500.00 (dos mil quinientos dólares).

La pieza tiene como proponentes a los diputados perremeístas Ramón María Ceballo Martes y Kenia Felicia Bidó Parra de Dell’Aquila.

El objetivo de esta legislación es liberar de todo tipo de impuestos de importación los regalos que traigan los residentes en el extranjero a familiares y amigos que lleguen a la República Dominicana para las fiestas de navidad y año nuevo.

El artículo tres manda a modificar el artículo 324 de la Ley No. 168-21, de Aduanas de la República Dominicana, para que diga: “Quedan exentos de pago de impuestos de importación aquellos objetos o artículos que traigan los dominicanos residentes en el extranjero al país y que no hayan ingresado al territorio nacional en los últimos seis meses y que dichos objetos o artículos no tengan fines comerciales”.

CONDICIÓN

Se permite el transporte de los regalos por la vía que el viajero estime conveniente, “siempre que el valor de los bienes transportados no sea superior al monto establecido por esta ley y no sea en cantidades comerciales, permitiéndose solamente una unidad de cada tipo de mercancía, en especial en el caso de los electrodomésticos”

FUERA DE ALCANCE

Se exceptúan de esta ley los vehículos de motor, las armas de fuego y aquellas mercancías consideradas materia prima industrial o insumos del sector industrial o agrícola, incluyendo combustibles y sus derivados.

El proyecto de ley pasará al Senado para su conocimiento y ratificación.

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