Autor del libro “La cara rota de la diáspora” lleva caso de desfalco JCE a Carlos Pimentel de Compras y Contrataciones
Nueva York: El autor del libro recién publicado en esta ciudad, “La cara rota de la diáspora”, Esteban Cabrera, dirigió una comunicación al Director de la Dirección General de Contrataciones Públicas de la República Dominicana, Carlos Pimentel Florezán, en la que solicita la intervención de esa entidad reguladora de las malas prácticas que llevaron a cabo los funcionarios de la Junta Central Electoral (JCE) acusados de haber incurrido en un presunto desfalco cercano a los 5 millones de dólares de los fondos destinados para cubrir los gastos de las elecciones dominicanas en el exterior.
En la misiva, Cabrera dice: “La presente lleva el propósito de solicitar de la Dirección General de Contrataciones Públicas por intermediación suya en sus facultades de Director General, una exhaustiva investigación sobre el desfalco económico a los fondos destinados por la Junta Central Electoral (JCE) para cubrir las elecciones del 5 de julio, 2020 en el exterior”.
“El periódico El Faro Latino llevó a cabo una investigación durante 13 meses cuyos resultados arrojaron un descomunal desfalco cercano a los US$5 millones de dólares. Nuestro experticio fue respaldado por una auditoría forense ejecutada por una firma de auditores privada, contratada por nuestro periódico en la República Dominicana, mediante la que se encontraron diversos indicios que vulneran las normativas de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones a la que usted y su institución están obligados a salvaguardar”, escribió Esteban Cabrera, director del periódico El Faro Latino.
“Incluso, otra auditoría interna de la JCE concluyó en la confirmación de muchos de los actos de corrupción administrativa que nuestra investigación identificó, llegando a desvincular a 7 funcionarios de la circunscripción #1 de Estados Unidos y al exdirector del Voto de los Dominicanos en el Exterior, ing. Gilberto Regil Rafael Cruz Herasme. No obstante, ese órgano electoral no incluyó a todas las OPREEs y sus encargados, en las cuales también se replicaron las mismas malas prácticas”, continua expresando en el texto.
“Frente a estas acciones, que se enmarcan en lo que constituyen actos de corrupción, pues el mismo se define como todo acto realizado por un funcionario público, que haciendo mal ejercicio de su cargo, no tenga en cuenta los fines de la función o el interés público, sino que actúa por un beneficio particular, violando así la ley, reglamentos y procedimientos, que incluyeron Acto contra la ley, Abuso de la función, uso excesivo del poder otorgado a un empleado público”, expresa la carta textualmente”, indicó Esteban Cabrera a Carlos Pimentel Florezán.
“En consecuencia, las acciones realizadas por estos funcionarios constituyen actos que perturban y entorpecen los servicios públicos que el Estado realiza a favor de los ciudadanos, de manera que se afecta los derechos fundamentales de todos, y deben en consecuencia ser sancionados por las leyes dominicanas sobre la materia. Máxime que su modo operandi constituye un enriquecimiento ilícito, constituyendo un daño irreparable a la Sociedad y por ende a cada ciudadano que paga sus impuestos. Estos funcionarios son responsables de sus actuaciones frente a los fondos entregados para el voto en el exterior e inobservaron todos los procedimientos irregulares que ocurrían en las OPREEs convirtiéndose así en cómplices e imputados de los delitos de Asociación de Malhechores, Coalición de funcionarios, Estafa, Abuso de Confianza, Desfalco, Prevaricación, Abuso de Autoridad, Malversación de fondos, Tráfico de influencias, Concusión, Cohecho, Ocultamiento de Transferencias Bancarias, todo esto previsto y sancionado en nuestro ordenamiento penal, como violación a los artículos 146 de la Constitución Dominicana (Corrupción), artículos 59, 60, 123, 124, 145, 146, 147, 166, 167, 174, 175, 177, 265, 266, 405 párrafo, del Código Penal Dominicano (Coalición de funcionarios, falsedad, prevaricación, concusión, asociación de malhechores, estafa contra el Estado), así como Violación a la ley 712 de 1927, que modifica los artículos 171 y 172 del código Penal (desfalco), (Articulo 3, párrafo) y además enriquecimiento ilícito”, adelantó.
“Quedamos a su entera disposición con todas las pruebas que avalan estas declaraciones para facilitarles, si así usted cree necesario.
Con sentimientos de consideración y estima”,
Esteban Cabrera
Director. –
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