A 46 años la igualdad jurídica de la mujer en México
Por Araceli Aguilar Salgado
“La igualdad de las mujeres debe ser un componente central en cualquier intento para resolver los problemas sociales, económicos y políticos”. Kofi Annan, ex secretario de la ONU
La igualdad se manifiesta tanto en el ámbito normativo, como en las prácticas sociales y, por tanto, se concibe como un derecho humano que los estados están obligados a garantizar y que se encuentra reconocido en distintos instrumentos internacionales, destacando: Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948); y Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), entre otros, el concepto de igualdad entre mujeres y hombres, se encuentra íntimamente relacionado con la no discriminación y a su vez, con el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
Al respecto, la CEDAW ha declarado que “la violencia contra la mujer es una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de la mujer de gozar derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre.
Lo anterior queda referido en la Recomendación General 19 de la CEDAW, mientras que la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem do Pará), instrumento del sistema interamericano de derechos humanos, reconoce que “el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros: el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, en su artículo 6.
Como se observa, la igualdad, la no discriminación y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, constituyen una preocupación central en materia de derechos humanos de las mujeres, por lo que los estados se enfrentan al reto de procurar y hacer efectiva la igualdad como derecho.
México con 46 años de haber reconocido que “el varón y la mujer son iguales ante la ley en el artículo 4 de la Constitución, que reformó el 14 de noviembre de 1974, 154 años después que se consumó la independencia del país, la reforma del artículo 4 se tuvieron que cambiar diferentes leyes para homologarlas a este principio constitucional que garantiza que el hombre y la mujer son iguales.
Las primeras leyes impactadas fueron las laborales porque la mujer no ganaba igual, tenía horarios nocturnos, condiciones insalubres, embarazadas que no tenían contrato, sobre todo en esas áreas donde la mujer era muy buena para el trabajo, pero no se le pagaba en las mismas condiciones, ni tenía las mismas condiciones de seguridad e higiene. En materia agraria la mujer no tenía los mismos derechos que un ejidatario, lo único que se le daba era una parcela para que trabaje, así que estaba en desventaja ante el hombre, quien tenía el título y los derechos de ejidatario.
Al igual se tuvo que cambiar la ley electoral, lo cual por la situación de entonces quizá no ha trascendido tanto como ahora.
También se transformó la ley civil y familiar en posteriores reformas se refirió al derecho a la salud, al derecho a la vivienda, pero todo esto en relación a los derechos de protección de la familia, asimismo hablaba de que ambos tenían la obligación de proporcionar alimentos a los hijos. Fue un giro desde una visión sistémica y familiar.
La vida sin violencia, el pago salarial… llegaron después a las leyes mexicanas, no se hablaba de que la mujer tendría derecho a una vida digna y sin violencia, derecho a un pago digno e igual que el hombre, esto se fue viendo en las leyes secundarias.
texto es muy paradigmático al decir que el hombre y la mujer son iguales jurídicamente, pero luego hablaba del número de hijos, la educación, la salud. ¿De quién? De los hijos, ¿De quién? De la familia.
Por lo que el artículo 4 constitucional hoy representa un reto: el de que yo mujer soy igual al hombre jurídicamente hablando”, ya que como mujeres tenemos los mismos derechos que el hombre a vivir una vida sin violencia y a una vida digna en todos los ámbitos, familiar, laboral, social, porque las mujeres nacimos libre en esencia y debemos permanecer con esa libertad. No solo es reformar o crear leyes a conveniencia, sino también lograr una armonización en la vida de las personas que habitan un territorio, que haga posible un desarrollo humano y comunitario que respete la dignidad humana.
Sin duda, es necesario que los poderes del Estado y los tres órdenes de gobierno reconozcan los compromisos adquiridos en la agenda internacional en materia de igualdad y no discriminación, además de aquellos que protegen los derechos humanos, con la finalidad que se impulse el proceso de armonización legislativa al derecho interno mexicano que coadyuve al desarrollo humano, social, económico y cultura, y que fortalezca el Estado de derecho y la democracia en México.
Si la ley establece que la mujer es igual que el hombre, no tenemos que vivir con la zozobra de que somos menos y nuestros derechos son menos y ni que deban a ser violentados.
Nos falta educar a la sociedad a respetar y ver los derechos míos igual a los derechos del otro
Hay que resaltar que la igualdad entre hombres y mujeres abre un mundo de posibilidades, de transformación y de vida social. Estamos progresando de tal manera que siguen surgiendo nuevas leyes que apoyan la equidad y brindan seguridad y oportunidades.
De ahí que hoy haya más mujeres que se dedican a la política y que tienen cargos de responsabilidad política y social.
“La igualdad hacia la mujer es progreso para todos”. Ban Ki-moon, ex secretario de la ONU
Araceli Aguilar Salgado Periodista, Abogada, Ingeniera, Escritora, Analista y comentarista mexicana, del Estado de Guerrero, México.