(Cholitín) se va de la FP al PRM, Paliza lo juramenta y se inventa fideicomiso pa’ ayudarse
Higüey, RD: El flamante alcalde de este municipio turístico, Dr. Rafael Barón Duluc Rijo, mejor conocido como (Cholitín), termina de hacer dos jugadas, la primera, de transfuguismo, abandonando una coalición de partidos políticos que lo llevó al poder encabezada por la Fuerza del Pueblo de Leonel Fernández (FP) y la segunda, ahora con el apoyo oficial, se ha inventado un “fideicomiso para administrar una parte de los recursos del ayuntamiento que vienen de la producción energética, enrolándose a la “fiebre del oro de los fideicomisos públicos”, implementados por el gobierno. Aunque parezca increíble, El concejo de Regidores del Municipio de Higüey, aprobó un fideicomiso para no trasparentar los recursos públicos.
“Cholitín” se sumó al círculo de alcaldes que presuntamente están siendo sobornados por el oficialismo, según denuncia de la oposición, el domingo 5 de marzo tras hacer oficial su ingreso al Partido Revolucionario Moderno (PRM), durante una actividad realizada en ese municipio encabezada por José Ignacio Paliza y Carolina Mejía, presidente y secretaria general del PRM, respectivamente.
Este experimento podría ser el primero de una serie de eventos que empezaran a llevar a cabo los alcaldes tránsfugas a todo lo largo y ancho de la geografía nacional, creando cada uno su propio fideicomiso publico mediante los que podrían endeudar el cabildo y usar de forma indiscriminada los recursos económicos provenientes de los contribuyentes dominicanos, incrementando el clientelismo y la corrupción administrativa.
En un hecho sin precedentes, “Cholitín” envió la solicitud al Consejo de Regidores de Higüey, para que se le otorgue “Poder Especial” al Honorable Alcalde del Municipio Higüey, Rafael Duluc Rijo, a fin de incoar acciones legales, tendentes a conformar un Fideicomiso que será concebido y estructurado bajo la modalidad de un Fideicomiso Municipal de Administración, Fuente de Pago, Garantía y Oferta Pública, con el objetivo de asegurar que los recursos recibidos por los flujos procedentes del 3% que establece el Artículo 134 de Ley General de Electricidad Núm. 125-01, sobre la obligación de las EDES frente a los Municipios, así como cesiones de créditos o cualquier otro tipo de acuerdos sobre el pago de la inversión de esta obligación, de cara al Ayuntamiento de Higüey y el Distrito Municipal Turístico Verón-Punta Cana, se dispongan para la sustitución y mantenimiento de las luminarias de ambas Municipalidades, así como la instalación de sistemas de videovigilancias y la emisión de garantías fiduciarias destinadas a garantizar posibles obligaciones de pago”, reza la resolución aprobada por los regidores.
Vista: La Resolución Núm. 01721-21, del Concejo de Regidores que concede al Alcalde Municipal Rafael Duluc Rijo a realizar los acuerdos de dichos procesos a ser realizados entre las empresas Consorcio Energético Punta Cana Macao (CEPM), en el Distrito Municipal Turístico Verón, Bávaro Punta Cana, y la empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE), tales como cesiones de créditos o cualquier otro tipo de acuerdos sobre el pago de la inversión que este proceso de sustitución conlleve, sobre los montos por pagar por parte de ellos por concepto del 3% que establece el artículo 134 de Ley General de Electricidad no. 125-01”, continúa.
“Vista: La Licitación Pública Nacional número AYUNTAMIENTO HIGUEY-CCC-LPN-2021-0003 para la adquisición e instalación de luminarias autosustentables con paneles solares, baterías y opción de cámaras de seguridad integrada a Consorcio iluminación Solar la Altagracia por un monto total de RD5533,771,075.10 (Quinientos treinta y tres millones setecientos setenta y un mil setenta y cinco pesos con 00/100)”.
“Vista: La Ley Núm. 675, de fecha 14 de agosto del año 1954, sobre Urbanización, Ornato
Público y Construcciones.
Vista: La Ley General de Electricidad Núm. 125-01, de fecha 26 de julio del año 2001.
Vista: La Ley Núm. 423-06, de fecha 17 de noviembre del año 2006, Ley Orgánica de
Presupuesto para el Sector Público.
Vista: El Decreto Núm. 492-07, que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, del 4 de septiembre del año 2007, específicamente el Art. 44, sobre Modificación Presupuestaria.
Vista: Las disposiciones de la Ley Núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.
Vista: La Constitución de la República Dominicana, de fecha (13) de junio de 2015.
El AYUNTAMIENTO MUNICIPIO KIGÜEY, Resuelve:
Primero: Se ordena la constitución de un Fideicomiso Municipal de Administración, Fuente de Pago, Garantía y Oferta Pública, que se denominará Fideicomiso Municipal Laminarias y Videovigilancia Higüey, en virtud de las disposiciones de la Ley 189-1, del 16 de vio de zo1l, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso de la República Dominicana, del Decreto Núm. 95-12. del2 de marzo de 2012, que establece el Reglamento para regular los aspectos que, en forma complementará a la ley Núm. 189-11 se requieren para el funcionamiento de la figura del fideicomiso en sus distintas modalidades, así como las demás normas legales complementarias”. Así se sentaron las bases para este raro y singular fideicomiso, tan extraño como el que procuro el gobierno para privatizar, hasta el agua lluvia en República Dominicana.
El propio dirigente del PRM, Guido Gómez Mazara, reaccionó hasta con ironía escribiendo en su cuenta de Twitter: “Sin comentarios. Un fideicomiso para una alcaldía. Dios mío, vivimos en Macondo”, dijo Guido refiriéndose al Macondo de García Márquez.
Sin comentarios. Un fideicomiso para una alcaldía. Dios mío, vivimos en Macondo. ? pic.twitter.com/w7damw5SJM
— Guido Gómez Mazara (@ggomezmazara) March 4, 2023