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Aprueban aumento a dos años las licencias de armas de fuego

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Los senadores aprobaron en segunda lectura la ley que modifica los artículos 14 y 21, de la ley núm. 631-16, del 2 de agosto de 2016, para el control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados, propuesta presentada por el senador Alexis Victoria Yeb.

Esta ley tiene como objeto modificar el plazo de vigencia de las licencias de porte y tenencia de armas de fuego en el territorio nacional, que de acuerdo al artículo 21 de la Ley Núm. 631-16, del 2 de agosto de 2016, el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, es de un año, por lo que en lo adelante su vigencia será de dos años.

Los senadores también convirtieron en Ley, el Proyecto que crea el Boletín Oficial del Estado para la Publicación de Leyes Modificadas, que fue sometida por el senador Santiago José Zorrilla y busca regular lo relativo a la publicación íntegra de leyes modificadas.

En su considerando cuarto la Ley establece que normalmente las publicaciones de las iniciativas legislativas que incluyen las modificaciones, ha sido una tarea llevada a cabo por editoriales y personas interesadas, así como por algunas instituciones, las que lo realizan sin una adecuada supervisión y sin un documento oficial como tal, lo cual puede generar errores que afecten el conocimiento y aplicaciones de las mismas.

En otro orden, el pleno senatorial sancionó en segunda lectura el Proyecto de Ley que establece los actos correspondientes a los poderes Ejecutivo y Legislativo a ser publicados en la Gaceta Oficial, iniciativa sometida por los senadores Félix Bautista y Franklin Rodríguez.

Esta ley considera que la promulgación y publicación de las normas y actos de los poderes del Estado constituye un mandato constitucional para que estos tengan efectos jurídicos, y por tanto sean acatados y reconocidos, como parte del ordenamiento jurídico del Estado, lo que los reviste de certeza y garantiza la seguridad jurídica.

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