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La aprobación de una visa no garantiza el ingreso a EE.UU., afirma el CBP

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El ofrecer información falsa o hacer una declaración engañosa de forma deliberada forma parte de las razones que un agente de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) puede evocar para impedir la entrada de una persona, a pesar de que cuente con un visado aprobado por un consulado o embajada de los EE. UU.

Así lo advierte Jeffrey Quiñones, especialista en asuntos públicos del CBP para Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE.UU., que quiso agregar los aspectos relacionados con la inspección en los puertos de entrada al tema sobre la preocupación de la Embajada estadounidense en el país sobre la alta incidencia de matrimonios y documentos falsos.

Quiñones explicó a Diario Libre que el CBP, una dependencia del Departamento de Seguridad, y el Departamento de Estado, encargado de los consulados y embajadas, tienen responsabilidades distintas pero que «están diseñadas deliberadamente para garantizar un sistema de controles y equilibrios» entre ambas agencias.

En ese sentido, dijo que es competencia del Departamento de Estado emitir o revocar visas, mientras que el CBP es la agencia responsable de determinar la admisibilidad de los extranjeros en los puertos de entrada, de acuerdo al artículo 212 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos.

Dicha ley estipula el fraude y la rendición de declaraciones falsas como causales de inadmisibilidad, que también incluye razones de salud, actividad delincuencial, seguridad nacional, carga pública, falta de certificación laboral, remociones previas, presencia ilegal en los Estados Unidos y diversas categorías misceláneas.

«Al llegar a un puerto de entrada de los EE. UU., el solicitante se someterá a una inspección y determinación de admisibilidad a los Estados Unidos. El procesamiento en el puerto de entrada incluirá la verificación de antecedentes en bases de datos de las fuerzas de la ley y orden, y la recopilación de datos biométricos», dijo Quiñones en un correo enviado a esta redacción.

La persona con interés de entrar a los Estados Unidos debe demostrar su admisibilidad a satisfacción del agente del CBP que lo reciba para completar el proceso de inspección, subrayó el funcionario.

Consecuencias de la no admisión a EE.UU.

Quiñones indicó que si se determina que un viajero es inadmisible, es posible que sea sometido a un proceso de deportación, además el agente del CBP «puede, a su entera discreción, decidir si le permite retirar su solicitud de admisión», dicha solicitud se realiza al momento de presentar una visa previamente aprobada y válida.

  • «Una determinación de inadmisibilidad puede tener un impacto en su admisibilidad futura y puede resultar en la cancelación de su visa», subrayó el funcionario.

El proceso de inadmisibilidad aplica para toda persona que busca ser admitida en Estados Unidos, ya sea con una visa u otro documento de viaje o ingreso migratorio, o cualquier beneficio migratorio.

De acuerdo con Quiñones, los agentes del CBP niegan la entrada a los Estados Unidos a un promedio de 600 personas por día, «menos de una décima parte del uno por ciento» de los más de un millón de personas que ingresan diariamente al país norteamericano por los más de 330 puertos de entrada.

«Reconocemos que es necesario lograr un equilibrio importante entre proteger nuestras fronteras y facilitar el gran volumen de comercio y viajes legítimos que cruzan nuestras fronteras todos los días, y nos esforzamos por lograr ese equilibrio y mostrarle al mundo que Estados Unidos es una nación acogedora», reflexionó el funcionario.

La Embajada de los Estados Unidos ha insistido en las consecuencias graves que se derivan de la presentación de documentación falsa en el proceso de visado, así como las acciones legales que se pueden llevar a cabo con base en las leyes dominicanas.

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