Mandato de dos años del director de PN es de cumplimiento obligatorio

Santo Domingo.- El mayor general Ramón Antonio Guzmán Peralta ha excedido el plazo máximo de dos años establecido por la Ley Orgánica de la Policía Nacional, Ley 590-16, para ocupar el cargo de director de la institución, superando los dos años por tres meses.
A pesar de que sus predecesores, incluido Ney Aldrin de Jesús Bautista Almonte, también permanecieron en el cargo más de lo estipulado, expertos en derecho afirman que la ley es de «cumplimiento imperativo«, y no opcional.
Bautista Almonte fue nombrado durante la vigencia de la Ley 590-16 por el presidente Danilo Medina el 30 de agosto de 2017 y reemplazado por Edward Sánchez González el 16 de agosto de 2020 mediante un decreto de Luis Abinader.
En reemplazo de Sánchez González, Eduardo Alberto Then fue nombrado el 17 de octubre de 2021. Aunque su tiempo en el cargo también superó los dos años, sólo fue por casi un mes.
El abogado y escritor Joaquín Bocio subraya que el «respeto a la ley no debe depender de situaciones coyunturales ni de voluntades personales» y destaca que incumplir la ley «erosiona el principio de legalidad que sustenta cualquier Estado de derecho».
Por su parte, Julio Cury enfatiza que la ley no permite flexibilidad en su cumplimiento, sino que es mandatoria. Añade que, aunque el cargo de director es de confianza y depende del presidente, el vencimiento del plazo cuestiona su legitimidad.
Carlos Salcedo, otro jurista, menciona que aunque el plazo ha vencido, no se crea automáticamente una vacante hasta que el presidente emita un nuevo decreto de nombramiento, en línea con el principio de continuidad del servicio público.
Manuel de Jesús Pérez Sánchez, exdirector de Policía, coincide en que el director debe continuar en su función hasta ser oficialmente reemplazado, y que cualquier decisión administrativa tomada en este período debe ser considerada legítima, a menos que sea claramente ilegal.

















