MAP establece normas para ingreso personal a la carrera administrativa
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Administración Pública emitió la Resolución Núm. 166-2020, mediante la cual establece los lineamientos a seguir por las instituciones públicas que vayan a ingresar nuevo personal a cargos de carrera administrativa, a partir del 1ro. de enero de 2021.
El documento, de fecha 16 de octubre de 2020, fue firmado por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y en el uso de las atribuciones que le otorga la Ley Núm. 41-08 de Función Pública.
“El Gobierno de Luis Abinader se comprometió a institucionalizar el país y a relanzar la profesionalización del personal de la Administración Pública, mediante el ingreso por méritos a los cargos públicos, como disponen la Constitución y la Ley 41-08 de Función Pública”, publicó el funcionario en su cuenta de twitter.
En su artículo primero, la normativa dispone la realización de concursos públicos para reclutar, evaluar y seleccionar los candidatos calificados para ocupar cargos tipificados de carrera administrativa.
Asimismo, que las instituciones públicas deberán planificar sus necesidades de personal para el primer semestre del año 2021 y la realización de los concursos, “a los fines de ahorrar costos en publicaciones”, y remitir dicha programación a la Dirección de Análisis del Trabajo del MAP, antes del 6 de noviembre próximo.
Con el objetivo de garantizar la transparencia y publicidad del proceso de reclutamiento en base al mérito, la resolución indica que el MAP publicará en el periódico una convocatoria de concursos públicos que incluirá todos los cargos planificados por las instituciones públicas. Estas últimas difundirán sus vacantes a través de sus portales web y sus redes sociales.
Por otra parte, la resolución explica los requerimientos para la organización de los concursos públicos, las fases que conllevan dichos procesos, la conformación de los jurados, y los períodos de prueba que deben agotar los candidatos seleccionados, previo a adquirir el estatus de carrera.
También, establece que la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República “solo autorizarán las previsiones presupuestarias y el ingreso o salida de nómina de un servidor de Carrera, cuando reciban la solicitud del titular de la institución, acompañada de la opinión del MAP”.