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Militares y policías protestan porque no saben dónde está dinero acumulan en años de servicios

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Miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional ya retirados protestaron en reclamo de que el Congreso Nacional garantice conquistas laborales y beneficios que acumularon durante sus años de servicios y esperan percibir cuando ya dejan los uniformes.

Solicitaron que en el Proyecto de Presupuesto y Ley de Gastos Públicos para el año 2023, sea incluida una partida para que se honre el pago de indemnización por retiro, que alegadamente el Gobierno nunca ha cumplido.

El pago de indemnización por retiro es un fondo que se crea a partir de descuentos mensuales que se hacen a militares y policías activos, acumulando recursos que deben entregados al memento del retiro.

Correspondería entonces el pago de un salario, igual al percibido por el último rango ostentado, por los años de servicio, o sea, de permanece 25 años en la FFAA o la PN, tocaría igual cantidad de salarios.

“Que se incluya la aprobación del Presupuesto la partida correspondiente al pago de indemnización por retiro, establecido en el Artículo 124 de la Ley 590-16, orgánica de la Policía Nacional, afín de que el Gobierno cumpla, por primera vez, con el pago de esos beneficios por retiro”, indicaron algunos de los manifestantes.

En la protestas participaron decenas de militares y policías retirados, en la explanada frontal del Congreso Nacional.

Los veteranos de las armas solicitaron al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, revisiones de la Ley 139-13, orgánica delas Fuerzas Armadas y la Ley 590-16.

En tal sentido, aspiran a que el Artículo 156 de la Ley 139-13  sea eliminado y sustituido por en el Artículo 228 de la Ley 873 del 30 de julio de 1978, considerado inconstitucional porque desconoce y elimina derechos adquiridos previamente.

El artículo 228 establece que “todo militar con derecho a retiro que tuviere por los menos 5 años en el grado que posee, al momento de producirse este, será ascendido de pleno derecho, al grado inmediatamente superior con el cual será concedido dicho retiro”.

Del mismo modo, proponen una reforma a la Ley 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, para eliminar el Artículo 112 que envía a los miembros de la institución a ser retirados por la Dirección General de Pensiones y Jubilaciones del Ministerio de Hacienda.

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