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Pleno JCE será acusado de crimen de lesa humanidad ante “CPI” si convoca elecciones en medio pandemia

“Los Dominicanos deben definir  si son  ciudadanos de un país  o si  son borregos  que se van a dejar conducir directamente al matadero por la concupiscencia desenfrenada  de los políticos”.
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“Para ser bruto no hay que estudiar”, es sencillo. De la misma manera que fueron capaces de suspender unas elecciones en las dos modalidades sin necesidad, actuando  bajo presión de intereses políticos, sabiendo que el tiempo apremiaba  porque en el país ya había, por lo menos,  un caso de COVID-19 conocido.

De la misma manera que se atrevieron a  convocar  más de 7.4 millones de dominicanos a unas elecciones municipales el 15 de marzo, teniendo  informaciones oficiales de  que  el virus ya estaba en territorio dominicano y había causado estragos en Italia, España y EEUU.

De esa misma manera  no lo pensarán dos veces para   convocar elecciones   el día 5 de julio  en medio de una verdadera tragedia humana. De que son capaces, los hechos nos indican que sí lo son.

De todos modos, de materializarse este hecho,  sería un “crimen de lesa humanidad” y  por vía de consecuencia, el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) quedará completamente expuesto a enfrentarse a una acusación criminal ante la Corte Penal Internacional (CPI), con asiento en la ciudad de la Haya, en Holanda, países bajos.

También los  actores políticos, entiéndase, los candidatos y partidos  que presionen al organismo electoral dominicano a convocar elecciones en medio de los estragos del coronavirus, también serán acusados de genocidio, conjuntamente con la JCE.

Porque habrán  sobradas pruebas de que empujaron, por separado, segmentos de la población a un evento del que  sabían que muchos de los convocados saldrían  infectados y morirían, lo que constituye un “crimen de lesa humanidad”.

“Los Dominicanos deben definir  si son  ciudadanos de un país  o si  son borregos  que se van a dejar conducir directamente al matadero por la concupiscencia desenfrenada  de los políticos”.

El crimen de lesa humanidad se  define como: “Un delito de actos atroces de carácter humano que conlleven a la población civil mediante la aplicación de política de un estado o una organización a la muerte o daños masivos que lleven a la destrucción física total o parcial”.

Los crímenes de lesa humanidad son una de las cuatro clases de crímenes que las Naciones Unidas consideran de mayor trascendencia para la comunidad internacional, tipificado conjuntamente con los  crímenes  de genocidio, crímenes de guerra y crimen de agresión.

Lo bueno es que los  crímenes de competencia de esa  corte no prescriben. Una cosa no buena es que la  CPI sólo impone penas máximas de 30 años de prisión y como excepción, cadena perpetua. Otra cosa mala es que    nunca puede condenar a muerte. Así que, los miembros del Pleno y sus políticos cómplices,  seguirán viviendo, aunque encerrados en una lejana y fría celda.

La Corte Penal Internacional (CPI) es independiente, fuera de influencias políticas territoriales, sus fiscales y jueces tampoco  responden a intereses de los estados miembros que  están obligados a cumplir los mandatos de la corte. República Dominicana firmó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional el 8 de septiembre de 2000  y concluyó el proceso de ratificación el 12 de septiembre, 2005.

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