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Presidente Abinader Promulga ley administración de bienes incautados y abandonados

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Santo Domingo, RD:  La Presidencia anunció este sábado la aprobación de la Ley para la gestión de bienes secuestrados, incautados y abandonados en procesos penales y en juicios de extinción de dominio por parte del presidente Luis Abinader.

El Senado envió una nueva legislación el miércoles 25 que establece una serie de principios que regulan la gestión de todos los bienes dentro del ámbito de su aplicación, como el principio de transparencia y publicidad, el principio de eficiencia y economía, el principio de objetividad, el principio de igualdad y el principio de jerarquía.

La Ley 60-23 incluye la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), el cual tiene personalidad jurídica y tiene autonomía administrativa, financiera y técnica. Este instituto está adscrito al Ministerio de Hacienda y se encarga de administrar y destinar los bienes.

La Presidencia anunció que el Incabide estará compuesto por un Consejo Directivo que tendrá responsabilidades normativas, deliberativas y de control, y una Dirección Ejecutiva que tendrá responsabilidades administrativas.

El Consejo Directivo mencionado anteriormente estará compuesto por el ministro de Hacienda, quien lo liderará, el procurador general de la República, el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo y el director ejecutivo del Incabide, quien actuará como secretario del Consejo Directivo, aunque sin derecho a voto.

Según la ley, los bienes que el Ministerio Público incaute o secuestre serán entregados al Incabide, con algunas excepciones. Por ejemplo, las drogas, armas y municiones incautadas, secuestradas, decomisadas o cuyo dominio haya sido declarado extinto permanecerán bajo el control del Ministerio Público, quien procederá con ellas de acuerdo con las disposiciones legales en la materia.

En cuanto a los bienes confiscados o secuestrados, Incabide podrá permitir el uso institucional provisional an entidades públicas bajo las condiciones y con excepciones previstas en las leyes, por razones de interés público o por necesidades de desarrollo de investigaciones criminales.

El anteproyecto de ley también establece la creación de un Fondo Especial de Bienes Decomisados y Extinguidos (Febide) bajo la administración de Incabide. Este Fondo se compone de dineros extinguidos o decomisados, dineros provenientes de las ventas de bienes extinguidos o decomisados, dineros provenientes de ventas anticipadas de bienes extinguidos o decomisados, etc.

Después de la creación del fondo, se asumirá la responsabilidad de cubrir los gastos relacionados con la gestión de los bienes o cualquier otra obligación que haya surgido. Además, se deberá pagar a terceros de buena fe, a víctimas dispuestas por sentencia judicial, entre otros.

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