Proponen Código Electoral para regular el espectro de partidos políticos en RD
Santo Domingo, RD: La primera propuesta de un Código Electoral que unifique las leyes Orgánica del Régimen Electoral y de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, llegó a la Cámara de Diputados y entre las sugerencias novedosas que plantea figura el debate electoral obligatorio para los candidatos presidenciales, vicepresidenciales, senadores y alcaldes, y estarán bajo la organización de la Junta Central Electoral (JCE).
La propuesta está contenida en el último párrafo del artículo 150 de lo que sería el Código Electoral si llegara aprobarse. “Los debates serán obligatorios para las candidaturas a presidente y vicepresidente de la República, senadores y alcaldes, a pena de anulación de dichas candidaturas. Serán celebrados tras la proclamación de los candidatos en el momento que fije la Junta Central Electoral. Los debates serán opcionales para los candidatos a diputados y demás candidatos”, puntualiza la propuesta.
Igualmente, plantea un nuevo criterio para la distribución de los recursos que reciben los partidos políticos del Estado. La propuesta presentada por los diputados de los partidos Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), el Bloque Institucional Social Demócrata (Bis) y el Partido Cívico Renovador (PCR), propone que el 30 % de los recursos sea distribuido en partes iguales entre todos los partidos y el 70 % en función del promedio de votos obtenidos por cada organización en la última elección presidencial, de diputados y senadores.
Actualmente, la ley 33/18 de Partidos Agrupaciones y Movimientos Políticos establece que el 80 % se distribuya entre los partidos que alcanzaron el 5 % en la última elección y el 12 % entre los que alcanzan menos del 5 % y más de un 1 % y el restante 8 % entre los que no llegan a esos porcentajes.
De aprobarse la nueva propuesta, el nivel municipal quedaría excluido de la participación de los recursos que entrega el Estado a los partidos, pues esas elecciones están pautadas para el tercer domingo de febrero, tres meses antes que las congresuales y presidenciales y la ley no prevé que se tome en cuenta.
De hecho, el criterio que aprobó la JCE este año para la distribución de los recursos a los partidos excluyó ese nivel de participación con el argumento de que no está contemplado en la Ley 33/18.
La propuesta de Código Electoral también le quitaría el tope que impone ahora la ley 33/18 para el inicio de la precampaña pues establece que se iniciará a más tardar el primer domingo de julio del año preelectoral, pero la ley vigente, 33/18, dice que será iniciada en esa fecha.
El proyecto establece que si un partido no decide hacer primarias abiertas para la escogencia de los candidatos a cargos de elección popular, las actividades de los precandidatos deben limitarse a lo interno de los partidos y no se le permitiría la propaganda externa.
“Si las organizaciones políticas eligen sus candidatos con un mecanismo diferente al de primarias abiertas, la precampaña se considerará un proceso limitado a lo interno de dichas organizaciones”, puntualiza el proyecto. Esas actividades estarían limitadas a participación en los medios de comunicación, reuniones en recintos cerrados, entre otros.
La Ley 33/18 estableció unos límites similares sobre la propaganda en los medios de comunicación y el Tribunal Superior Administrativo lo declaró inconstitucional por violar varios artículos de la Carta Magna.
En el proyecto recae sobre la JCE elaborar mediante reglamento todo lo concerniente a la propaganda política y a la publicidad de los partidos durante la precampaña.