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Retención de pacientes por falta de pago, práctica ilegal pero habitual en el país

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Sonia Fernández recuerda ese 12 de enero de 2018 como uno de los peores momentos de su vida. No bien había recibido la triste noticia del fallecimiento de su madre, Elisa Brito, cuando fue advertida de que necesitaba saldar la cuenta ascendente a 897 mil pesos para recibir el cadáver y poder brindarle sepultura.

Brito, de 54 años, padecía de aplasia medular, una enfermedad en la que la médula ósea roja desaparece y deja de producir glóbulos rojos, glóbulos blancos y plaquetas.

En entrevista, Sonia contó que el tratamiento para esta enfermedad es muy elevado, consumiendo casi 100 mil pesos semanales. “Solo unas pastillas, Revolade, costaban más de 50 mil pesos en ese entonces, una caja de 27 pastillas y ella se tomaba tres al día”, detalló.

En sus últimos días, Elisa tuvo que ser ingresada a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). “La suerte es que mami contaba con un plan complementario”, dijo Sonia sobre la cobertura de su Administradora de Riesgos de Salud (ARS).

Esto permitió que al momento de saldar la cuenta en el Centro de Diagnóstico Medicina Avanzada y Telemedicina (Cedimat) solo quedara una diferencia de 30 mil pesos, de los cuales abonó 10 mil.

“Con el cuerpo de mi mamá todavía tibio, me llevaron a una oficinita llena de cajas. Me pasaron unos documentos entregando la deuda a una oficina de abogados. Lo que pasa es que si usted no firma esto, no le entregamos el cadáver, me dijeron. No te dan otra opción. Lo hice por la misma presión porque lo que tenía era para cubrir el funeral”, contó.

“Los médicos son excelentes y tienen todos los equipos, pero el trato, no es un servicio humano, no hubo empatía”Sonia FernándezPaciente afectada

Tras cuatro meses de cobro compulsivo de parte de los abogados, con llamadas todos los días, Sonia pudo saldar la deuda gracias a un tío que le facilitó el dinero. Por los intereses, debieron sumarle siete mil pesos al total.

Fernández estuvo a punto de formalizar la queja en la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) pero al su tío intervenir y cubrir el monto pendiente, obvió ese paso.

Aprehensión por deuda

En el caso de Radhamés, hace dos meses, su hermano Francisco presentó un fuerte dolor en las piernas y fue llevado al hospital público en Higüey, donde sin hacerle ninguna analítica, le pasaron un suero y lo dejaron bajo observación sentado en una silla.

Al ver que no mejoraba, sus familiares deciden ingresarlo en un centro privado (Clínica La Altagracia), donde fue llevado a UCI. A Francisco le indican una tomografía con contraste y un panel respiratorio, estudios que debían hacerse en un laboratorio externo.

Tras un viaje en ambulancia, Francisco llega a la capital y es ingresado en el Centro Oriental de Ginecología y Obstetricia, donde recibe el diagnóstico de cáncer de páncreas con metástasis y una cuenta que sumó 300 mil pesos, quedando una diferencia de 63 mil pesos luego de rebajar la cobertura de la ARS.

Francisco falleció el pasado mes de febrero y la respuesta que Radhamés recibió fue: “Si no paga, no puede llevarse al paciente“.

“Es un tema complejo, doloroso. Una deuda no es sinónimo de aprehensión”RadhamésHermano de paciente retenido

“Aquí lo primero que falló fue el servicio público, no debe haber un desamparo tan grande de parte del sistema. Las ARS son indiferentes, se comportan con apatía, con frialdad. Están para brindar un servicio cuando el paciente está enfermo, no sano”, se quejó.

Al día de hoy, reclama el pago de 20 mil pesos de honorarios a un inmunólogo que no estaba dentro del catálogo de servicios y que dice que nunca autorizó.

También retienen vivos

En diciembre de 2023, Héctor Ortiz presentó su caso a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) por una discrepancia en la cobertura que no quería reconocerle su ARS.

En el intervalo de la queja, pasaron su cuenta por cobrar a “una empresa de cobros compulsivo que fue un asedio continuo, violaban múltiples leyes de privacidad”.

Aunque no quiso dar detalles de su familiar interno en Cedimat, el joven estudiante de Derecho indicó que “no querían dejar salir al paciente, tuve que dar garantía remitida por mi empresa, ya que los valores debían ser pagados antes de su salida, lo cual no debería ser así, ya que es una persona que llegó en estado de salud crítico y sale caminando”.

“La Sisalril realizó una excelente gestión con respecto a la aseguradora. Pagué el valor restante, que fue mucho menor que la primera factura emitida, diferencia de casi 200 mil pesos sin tomar en cuenta que no tuve tampoco que pagar el 1 0% de lo que quería la cobranza”, concluyó.

Juristas opinan

De acuerdo con Gilberto Objío, abogado de la firma Pellerano Nadal, especialista en derecho médico, la práctica de retener cadáveres como garantía de cobranza resulta ilegal.

  • “Esa práctica no es legal y a nadie le pueden retener ni a un familiar ni el cuerpo de un familiar. Eso no es legal, la clínica no puede retener a nadie ni por la fuerza ni con la cohesión”, afirmó Objío.

“Hay que hacer un acuerdo de pago con la clínica, que es lo que se estila. Yo les recomiendo a las clínicas que en su manual de proceso, al momento del ingreso, en el contrato de servicios médicos, incluyan una cláusula que sirva para proteger a la clínica en caso de que la gente deje una cuenta pendiente y esa cláusula puede o no puede incluir conceptos como los intereses, la mora, los fiadores”, sugirió.

El jurista dijo que los centros médicos se pueden valer de líneas de crédito, tarjetas de crédito o de un pagaré, “o sea, lo normal. Lo que lo que no es normal es decir: no se puede llevar a un familiar que ha fallecido o peor aún, que esté vivo”.

Por su lado, el abogado y director médico del Centro Médico UCE, José Pappaterra, apela a hacer acuerdos de pago como la solución a este tipo de situación.

“Eso es una práctica ilegal de retener cadáveres. Siempre digo que una de las formas de evitar demandas es el buen trato, la buena relación médico-paciente. Regularmente, los médicos no estudiamos medicina para con fines mercuriales para hacernos de dinero, estudiamos medicina, la gran mayoría, por vocación”, expresó el también neurocirujano.

Sisalril

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Infografía
Jesús Feris Iglesias. (DANIA ACEVEDO/DL)

Este acto de ilegalidad fue ratificado por el superintendente de Salud, Jesús Feris Iglesias, quien recordó que tanto esta acción, como el cobro anticipado en emergencias están penados por la Ley General de Salud 42-01 y la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

“Hay formas y formas. No es verdad que a dos horas, cuando todavía tú no has llorado a tu difunto le vas a presentar una cuenta de esta naturaleza. Yo creo que esas son cosas que se deben de aclarar al momento en que el paciente ingresa a un centro hospitalario y tener opciones de forma de pago, de abonos”, declaró.

Las clínicas

“Yo no sé quién lo hace, nosotros no lo hacemos (retener pacientes). Sí estamos de acuerdo que todo el que llegue a una emergencia sea atendido, tenga plata o no tenga plata, porque no te pueden dejar morir. El que llega a una emergencia, hay que atenderlo y punto”, aseguró Rafael Mena, presidente de la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip).

“Eso no se puede, hay que buscar una solución, hay que buscar un método”, recalcó.

Mena plantea una revisión de las coberturas de parte de las ARS, porque “un paciente un mes en Cuidados Intensivos, dándole medicamentos costosos, qué va a pasar, no lo va a cubrir nadie, por eso hay que buscar una solución equilibrada”.

Quejas en la DIDAEn pasadas entrevistas, Marlen Berroa, encargada de la Dirección Jurídica de la DIDA, reveló que, desde enero de 2021 al 18 de agosto de 2022, la institución registró, apenas, 13 casos formalizados por cobros indebidos y 23 quejas por retenciones de cadáveres y pacientes por falta de pago en centros de salud.

“Esos trece casos son una evidencia de que el dominicano se queja, pero no reclama”, enfatizó en ese entonces.

Diario Libre solicitó a la DIDA cifras actualizadas, pero, no pudieron ser obtenidas dentro del plazo requerido.

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