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Se agrava situación de expresidente DNCD Félix Alburquerque por el homicidio de Manuel Duncan

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En la investigación preliminar sobre la circunstancia que rodeó la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan, cuyo suceso quedó registrado en un video que se hizo viral en internet el mismo día del crimen, 19  de agosto de 2022, al vicealmirante Félix Alburquerque Comprés se le solicitó medida de coerción calificándose el hecho como homicidio.

Sin embargo, en la acusación formal contra el exoficial de la Armada y expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD),  que se sometió tres meses despues del fatal incidente,  la tipificación penal se modificó a “homicidio agravado”, es decir asesinato, el cual incluye la premeditación y la acechanza, para la cual, según el Código Penal Dominicano, consiste “en esperar” un tiempo en uno o varios lugares para ultimar a la persona.

El expediente del Ministerio Público, que intentó conocerse ya en un juicio preliminar el pasado miércoles, audiencia que fue aplazada para el 22 de marzo, mantiene también el agravante de que el victimario utilizó un “arma ilegal de la cual se deshizo”.

En la imputación se detalla que el exmilitar, después de pelear con el hoy occiso, se marchó a su vehículo, un Mercedes-Benz, a buscar un arma y retornó haciendo varios disparos a la víctima, sin lograr su objetivo por lo que volvió al automóvil y “luego de aproximadamente 20 minutos de búsqueda, le dio alcance (a Tavárez Duncan), se desmontó nuevamente de su vehículo y procedió a dispararle en el pecho, lo que hizo que la víctima cayera al pavimento boca abajo” y ya éste en el suelo “le realizó un segundo disparo, emprendiendo la huida de la escena del crimen”.

Tavárez Duncan, como las demás personas que estaban en Rico Hot Dog, donde comenzó la riña, huyeron con la intención de resguardarse de los tiros que empezó a hacer el agresor.

La Fiscalía del Distrito Nacional describe que la víctima, que se dedicaba a la animación deportiva, escogió para esconderse y protegerse de las balas la parte trasera de una banca de lotería. El video que se difundió del momento crucial del “asesinato”, mostraba al hoy occiso ocultándose, pero fue finalmente encontrado por quien sería su matador.

Los artículos del Código Penal que se menciona violó Alburquerque Comprés son los 295, 296, 297, 298 y 302 y los de Ley de Armas 631-16, que son el 65 y el 67.

El artículos 302 del Código Penal establece 30 años como pena máxima por asesinato.

Las mortales heridas

Los médicos forenses concluyeron en su autopsia, según el expediente acusatorio, que los “hallazgos encontrados, conjuntamente con el historial de circunstancias y el número de heridas, que son compatibles con una muerte violenta a causa de  una herida de contacto por proyectil de arma de fuego encontrada en hemitorax derecho, línea clavicular interna  con salida en región dorsal (…) siendo su etiología médico legal homicida, con hemorragia interna con laceración de corazón y arteria aorta como mecanismo terminal de la muerte”.

Lo que provocó la pelea

La pelea en la que ambos hombres “se agredieron mutuamente” previo al crimen,  se habría producido después de una discusión que se originó por desparramársele kétchup al hoy occiso, quien pensó que el imputado se reía de él cuando llegó al citado negocio de comida rápida.

Evidencias que dice tener la Fiscalía

Entre las evidencias que dice tener la Fiscalía del Distrito Nacional “para probar” el asesinato son “nueve (9) casquillos recuperados en la escena del crimen”. Asegura en la acusación que “se determinó que los mismos fueron disparados con una pistola 357 y que comparten las mismas características de clase e individuales de una pistola de clase presuntamente marca Glock, por lo que se evidencia el tipo de arma y calibre utilizada por el acusado para culminar con la vida de la víctima y que luego se deshizo de dicha arma, desapareciéndola”.

Entre las evidencias que menciona es una “certificación” emitida por la Interdencia de Material Bélico de la Armada de República Dominicana, que informa que el expresidente de la DNCD “tiene asignadas una pistola marca Taurus PT-92,Cal. 9mm, No.TTC87017, una pistola marca Glock, Cal. 9mm No.CEF173, una escopeta marca Maverick, Cal.12 mm No.MV76710K y un fusil marca DPMS, Cal 308 No.16113, lo que evidencia que el acusado portaba de manera ilegal la pistola marca Glock, Cal.357, utilizada para asesinar a la víctima Manuel Taveras Duncan”.

Asimismo, la “Certificación DRCA-CERR-2137-2022 de fecha 23 de septiembre del 2022, emitida por Sterling Pérez Maldonado, director de Registro y Control de Tenencia y Porte de Armas de Fuego del Ministerio de Interior y Policíapara probar: que el acusado Félix Alburquerque Comprés cédula (…) no se encuentra registrado en la base de datos del Ministerio de Interior y Policía como titular de una licencia de porte y/o tenencia de arma de fuego, por tanto, la pistola marca Glock, Cal.357, utilizada por él para dar muerte a la víctima Manuel Taveras Duncan, la portaba de manera ilegal”.

La acusación formal fue depositada el 25 de noviembre del 2022 ante la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional.

La jueza Patricia Padilla, del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, es la que conoce el juicio preliminar o juicio a las pruebas en el que el Ministerio Público solicita un auto de apertura a juicio de fondo contra el imputado.

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