Surgen nuevos detalles del caso Miembro del «CC» del PLD, Juan Aquino & inversionista extranjero en RD
Nueva York: El dirigente del PLD y miembro del “CC” en el estado de New Jersey”, Juan Antonio Aquino, quien además, era el Encargado de Negocios ante los Estados Unidos del Centro de Exportaciones e Importaciones de la República Dominicana (CEI-RD) en el pasado gobierno del expresidente Danilo Medina y el PLD, alegadamente, al ver poco éxito en los Estados Unidos de sus reclamos sobre la propiedad accionaria suyas para reclamar derechos que, supuestamente, creyó adquiridos sobre el 50% de la corporación “JAFAR HOLDINGS, LLC”, en Pennsylvania, decidió trasladar las acciones judiciales a RD, donde el clima de inseguridad judicial se presta para muchas cosas que serían imposibles en EE.UU.
A pesar de que la empresa “JAFAR HOLDINGS, LLC., fue creada a solicitud de Aquino, quien pidió al inversionista en un principio que su nombre no debía aparecer en la misma, lo que alegadamente le resultó extraño al empresario Rouco. Es entonces cuando alegadamente no acepta la idea porque se percata de que lo planteado por Aquino no representaba ninguna garantía legal y pidió más trasparencia sobre todo, que Aquino depositara el 50% de la inversión (US$30, 000 dólares) y le pague los préstamos personales que le había realizado, préstamos que solo estaban avalados en un acto de confianza y que el propio Aquino decidió entregar 138 cheques por un valor alegadamente de US$136, 000 dólares que alegadamente resultaron sin fondos situación esta que originó las últimas acciones legales en el estado de Pennsylvania en contra de JUAN ANTONIO AQUINO, según la fuente.
Siempre, tomando en cuenta las afirmaciones de nuestra fuente anónima, el exfuncionario en ese momento expresó que no poseía esos recursos económicos. Para esa etapa, “JAFAR HOLDINGS, LLC”, ya poseía un contrato de US$1.2 millones de dólares por la gestión de venta de unos terrenos en la provincia Peravia, recursos a los que Aquino pretende acceder. Justamente esta situación podría desencadenar otras mucho más extensas e implicar a otros exfuncionarios del pasado gobierno del PLD e influyentes hombres de negocios en RD desatando todos los demonios en la pasada administración de la Superintendencia de Electricidad.
Alegadamente, antes de que el empresario acudiera a la justicia en el estado de Pennsylvania, el exfuncionario del PLD, Juan Antonio Aquino, sorprendentemente llevó el caso a los tribunales dominicanos para reclamar que en estas instancias dominicanas le reconozcan unos supuestos derechos sobre una corporación que tiene su jurisdicción, no en RD, sino en EE.UU y en la que no existen evidencias de que haya invertido ni un centavo por lo que alegadamente en una primera instancia, esa acusación fue rechazada y declarada inadmisible por el juez de la OCTAVA SALA DE LA CAMARA PENAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAl:
Pero, el abogado Jaime Caonabo Terrero, en representación de Aquino, apeló la decisión y el tribunal fijó fecha de audiencia para el de 3 de agosto, 2022 a las 9:00 am mediante el Magistrado Juez Presidente de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en sus atribuciones de Acción Penal Privada, con constitución en Actor Civil interpuesta por el señor Juan Antonio Aquino, en contra del empresario, supuestamente por haber violado el artículo 367 del Código Penal Dominicano, texto que prevé el Delito de Difamación.
Antes de desencadenarse todos estos eventos, el empresario Frank Le Roy Rouco le habría preguntado a Aquino cuál era el móvil de no querer declarar ni pagar sus acciones en la corporación “JAFAR HOLDINGS, LLC”. “Le preguntó a Juan Antonio Aquino si trataba de evitar un conflicto de interés que no fuera compatible con su rol de funcionario del estado dominicano, a lo que éste, alegadamente, contestó que no, porque él poseía una carta de corso del entonces presidente Medina para actuar libremente”, dijo la fuente textualmente.
Alegadamente, y siempre basado en las declaraciones de nuestra fuente, una vez el caso fue admitido en un tribunal dominicano para su conocimiento, Aquino habría iniciado una serie de acciones múltiples tendentes a presionar al inversionista extranjero en la República Dominicana, Frank Le Roy Rouco, incluso, fuera del ámbito judicial, valiéndose, alegadamente, de abogados y un influyente amigo conocido como Alberto Valdez, que alegadamente han estado ayudando al exfuncionario del PLD para presionar dentro y fuera del ámbito judicial a Le Roy Rouco, para que acceda al pago de US$2 millones de dólares en una acuerdo extrajudicial al que el empresario, supuestamente, se ha negado.
En un perturbador audio entregado a este periódico por una fuente anónima, que alegadamente grabó el abogado Jaime Terrero, le advirtió al inversionista extranjero que las cosas se le van a complicar, porque él es como un tren de Nueva York que se lleva por delante a todo el que se le atraviese, entre otras serias amenazas y advertencias, audio que reproducimos a continuación:
Dicho y hecho. Efectivamente, el Dr. Jaime Terrero es el abogado que acusó al empresario e inversionista extranjero, Frank Le Roy Rouco, en los tribunales de RD por un caso separado al ya conocido, por difamación e injuria en perjuicio del dirigente del PLD, Juan Antonio Aquino. Esta acusación fue introducida en el Tribunal de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Increíblemente, los argumentos utilizados por el exfuncionario del PLD, Juan Antonio Aquino, a través de su abogado, no fue un pronunciamiento del empresario que se pudo interpretar como una difamación o injuria, sino que, citan un párrafo de un acto de alguacil donde el abogado del empresario, Dr. Jorge Lora Castillo, hace esos pronunciamientos, repito, en un documento judicial o contrademanda.
Citamos el texto íntegro que generó la supuesta difamación: “En respuesta al acto No. 150/2022, de fecha 21 de febrero del año 2022, del ministerial FREDDY A. MÉNDEZ MEDINA, Alguacil de Estrados de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el imputado (el empresario) notificó al acusador el acto No. 95-2022, de fecha 24 de febrero del año 2022, donde manifestó públicamente que el acusador y actor civil JUAN ANTONIO AQUINO, se aprovechó de su condición y calidad de funcionario del saliente gobierno, para extorsionar, chantajear y pretender pingües beneficios, alegando que tenía patente de corso, para beneficiarse particularmente de las operaciones comerciales y de inversión que debía realizar en favor de la República Dominicana”. Termina la cita.
Ver Fragmento del texto supuestamente difamatorio:
Sin embargo, el señor, Frank Le Roy Rouco, no fue notificado sobre la decisión del Tribunal de la aceptación de la apelación del caso mediante acto de alguacil en el domicilio de su abogado representante, Dr. Jorge Lora Castillo, ubicado en la calle Centro Olímpico, #256, El Millón, Distrito Nacional, si no que, el acto #257-2022, del alguacil Osvaldo Manuel Pérez, quien lo depositó en un apartamento de la propiedad Rouco en el Ensanche Quisqueya, apartamento que permanece solo, sin la presencia del empresario, quien tiene su domicilio en el estado de Pennsylvania, es decir, en el momento de la notificación en ese inmueble no había nadie que le comunicara de la notificación al empresario, por lo que, según la fuente, esa notificación no llegó a tiempo y el empresario ignoraba su existencia. Unos días antes de la fecha, se pone en contacto con su abogado y discuten la imposibilidad de presentarse al tribunal porque se encontraba en Estados Unidos. Su abogado, Dr. Jorge Lora Castillo, le explica que se quede tranquilo, porque pediría un aplazamiento del caso para que tenga tiempo de ir a la citación y estar presente en una próxima audiencia.
Secuestro judicial y orden de arresto abusiva
A pesar de todo esto, de forma sospechosa, el “JUEZ SUPLENTE”, JULIAN ANTONIO VARGAS LUNA, DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, no solo declaró la rebeldía del ciudadano norteamericano, FRANK LE ROY ROUCO, porque el mismo no compareció a la audiencia sin estar, alegadamente, citado por la vía correcta como hemos explicado, no obstante, dictó orden de arresto, colocación de impedimento de salida del territorio nacional sin autorización judicial expresa y autorización de publicación de sus datos personales en un periódico de circulación masiva en RD. Esta última acción, no es común que sele aplique a una persona con arraigo e inversiones millonarias en el país, mucho menos por una simple acusación por difamación e injuria que ya había sido descartada en primera instancia por otro juez y tribunal por improcedente.
FRANK LE ROY ROUCO fue víctima de esa medida arbitraria por más de una semana, después de haberse trasladado a la República Dominicana para responder en la corte.
Es decir, un hombre con suficiente arraigo, imposible de sustraerse de un proceso que ya fue rechazado por improcedente en una primera instancia, lo que constituye un verdadero abuso a los derechos constitucionales de las personas y un sabotaje al clima que el gobierno dominicano quiere crear en torno a la inversión extranjera en el país. El expediente marcado con los números 503-2022-EPRI-00163 y 046-2022-EPEN-00054, a cargo del señor FRANK LE ROY ROUCO, por presunta violación a las disposiciones del artículo 367 del Código Penal dominicano, en un infundado y alegado perjuicio al señor JUAN ANTONIO AQUINO.
Esta es una noticia en desarrollo, regrese a este periódico para nuevas actualizaciones.