Santo Domingo, RD. La Junta Central Electoral recordó que el reconocimiento de partidos políticos, agrupaciones y movimientos en República Dominicana está sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en la Ley 33-18.
El organismo aclaró que la popularidad o el respaldo obtenido mediante las redes sociales no reemplaza las exigencias legales necesarias para constituir formalmente una organización política.
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Entre los principales requisitos figura la presentación de firmas equivalentes al 2 % de los votos válidos emitidos durante las elecciones generales anteriores.
Las organizaciones interesadas en obtener alcance nacional también deberán mantener locales físicos activos en cada municipio del país, según las disposiciones señaladas por la JCE.
Los expedientes deben incluir las directivas provisionales, los presupuestos detallados y los estatutos que regirán el funcionamiento de la nueva entidad política.
La legislación establece además que las organizaciones no pueden utilizar símbolos patrios ni nombres de próceres dentro de sus denominaciones o elementos de identificación.
El calendario electoral fija el 20 de febrero de 2027 como fecha límite para presentar las solicitudes de reconocimiento, un año antes de las próximas elecciones generales. La JCE tendrá hasta el 20 de octubre de ese mismo año para emitir sus decisiones.
La orientación del órgano electoral ocurre mientras varias figuras públicas han expresado interés en promover nuevas plataformas políticas. La institución reiteró que ese proceso requiere demostrar una estructura jurídica, territorial, financiera y organizativa ajustada a la normativa vigente.



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